Edición 02 | 2024
Les compartimos las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación durante la semana del 08 al 12 de enero de 2024, que impactan el Comercio Exterior y Operación Aduanera.
Publicaciones en el Diario oficial de la federación
Lunes 08
Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, publicadas el 28 de diciembre de 2023.
Miércoles 10
Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia Económica inicia la investigación de oficio, identificada bajo el número de expediente IEBC-003-2023, en el mercado investigado del servicio público de transporte ferroviario de carga y sus servicios y derechos relacionados, en el territorio nacional, con el fin de determinar la posible existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia y/o insumos esenciales que puedan generar efectos anticompetitivos.
Jueves 11
Aviso por el que se da a conocer la página institucional donde puede consultarse el Manual de Organización y el Reglamento Interior de Trabajo de la Administración del Sistema Portuario Nacional Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.
Aviso por el que se da a conocer el Código de Conducta de la Administración del Sistema Portuario Nacional Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.
Edición matutina
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal y las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios, así como las cantidades por litro aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con Guatemala, correspondientes al periodo que se especifica.
Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Tesis y Jurisprudencias
Registro digital: 2027956
Undécima Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: PR.A.CN. J/44 A (11a.)
Instancia: Plenos Regionales
Tipo: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 12 de enero de 2024 10:13 horas
AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO. La facultad de su titular de emitir la convocatoria para obtener la patente de agente aduanal cuando menos cada dos años, prevista en el artículo 212 del reglamento de la ley aduanera, es reglada.
Registro digital: 2027996
Undécima Época
Materia(s): Constitucional, Administrativa
Tesis: PR.A.CS. J/38 A (11a.)
Instancia: Plenos Regionales
Tipo: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Publicación: Viernes 12 de enero de 2024 10:13 horas
REGLA 3.10.10. DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021. La modificación publicada en el diario oficial de la federación el 3 de mayo de 2021 es contraria al principio de seguridad jurídica, ya que su efecto material fue reducir el plazo con el que las personas contribuyentes contaban al inicio de su vigencia, para cumplir con la obligación formal correspondiente.
Publicaciones en el Portal ANAM
ATENTO AVISO No. 01
Ciudad de México, 12 de enero de 2024
Aviso de criterio de validación - SAT
En seguimiento al Boletín Informativo P034 de fecha 18 de mayo de 2016, se reitera y exhorta a los usuarios de comercio exterior, que deben continuar tomando en consideración las siguientes sugerencias durante el envío de archivos de validación:
• Archivos de gran tamaño (con un peso de más de 50 Kb), se envíen a validar en horario de las 00:01 a las 07:00 hrs., a fin de no interferir con la continuidad del mayor número de operaciones que se da entre las 08:00 a las 24:00 hrs.
• Esperar respuesta para cada validación antes de iniciar una nueva para la misma operación, ya que la práctica de enviar a validar de manera repetida la misma operación, no contribuye a mejorar los tiempos de respuesta, sino que atrapa recursos y genera tareas redundantes, lo que lentifica el proceso de validación y provoca el encolamiento de pedimentos.
El Servicio de Administración Tributaria, ha desplegado recursos para incrementar los equipos físicos de procesamiento, mejorar los procesos para segmentar la validación de los archivos en función de su tamaño, así como para realizar mantenimientos que coadyuven a brindar la mejor atención a sus operaciones de comercio exterior.
Por lo anterior, apelamos a su comprensión y apoyo para mejorar el servicio de validación, con la finalidad de agilizar el proceso y atender el mayor número de pedimentos que se envían al Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE).
Boletín 02/2024
Ciudad de México, a 10 de enero de 2024.
Se amplía la vigencia de los gafetes de identificación (cartón)
Se hace referencia al Boletín Técnico Informativo número 28 del 27 de septiembre de 2023, mediante el cual se informó que la vigencia de los gafetes de cartón se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2023.
De igual forma, se hizo de conocimiento que las figuras de comercio exterior correspondiente a Apoderados Aduanales, Representantes Legales, Apoderado de Almacén General de Depósito y Apoderado de Almacén para la Industria Automotriz Terminal o Manufacturera de Vehículos de Autotransporte, fueron autorizadas para la emisión de gafetes de cartón, para que realicen sus operaciones.
Sobre el particular, se hace de su conocimiento que con la finalidad de brindar a los usuarios de comercio exterior la posibilidad de efectuar las operaciones y trámites de comercio exterior que correspondan, la vigencia de los gafetes de cartón se amplía hasta el 30 de junio de 2024.
Es importante que se tomen las previsiones necesarias para el trámite del Gafete Electrónico de Identificación de Aduanas, de conformidad con lo señalado en los “Lineamientos para el trámite de Gafetes Electrónicos de Identificación de Aduanas” Versión 1.1.
La información registrada en el presente boletín estará vigente hasta el 30 de junio de 2024.
En caso de tener alguna duda o comentario, se pone a su disposición el correo electrónico: gafetes@anam.gob.mx.
Comunicado de prensa conjunto 008/Nacional
Ciudad de México, 11 de enero de 2024
EN SONORA, GUARDIA NACIONAL Y ANAM DETIENEN A ESTADOUNIDENSE QUE PRETENDÍA INGRESAR AL PAÍS CON MÁS DE MIL 300 CARTUCHOS CALIBRE .50
• El aseguramiento se realizó en la aduana de Agua Prieta
En cumplimiento de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y de la política de Cero Impunidad del gobierno federal, en Sonora, elementos de la Guardia Nacional (GN), en coordinación con personal de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), detuvieron a un ciudadano estadounidense que pretendía ingresar más de mil 300 cartuchos útiles a territorio nacional.
Comunicados SAT
08 de enero de 2024
Requisitos y obligaciones para personas físicas que busquen permanecer en el RESICO
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a las personas físicas a cumplir con sus obligaciones fiscales para que continúen con los beneficios que brinda el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), como:
• Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
• Cálculo automático de impuestos.
• Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
• Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
• El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
• Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.
Por lo anterior, se les recuerda que para tributar o permanecer en este régimen, las personas físicas, deben:
• Estar activos en el RFC.
• Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
• No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
• Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
• Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
• Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.
Las personas físicas que residan en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país; cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, perciban ingresos que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR o sean socios o accionistas de personas morales, así como aquellos que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados, no podrán tributar en los términos de este régimen.
En caso de requerir orientación respecto de su situación fiscal, se tiene a disposición de las personas contribuyentes los medios de contacto: OrientaSAT a través del Portal del SAT, MarcaSAT 55 627 22 728 y Chat uno a uno, los cuales pueden encontrar en https://www.sat.gob.mx/personas/contacto.
10 de enero de 2024
Las personas morales tienen hasta el 17 de enero para presentar su declaración por liquidación
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas morales que tributan en el Régimen General y que se encuentren en proceso de liquidación, que tienen hasta el 17 de enero de 2024 para presentar su declaración “Del Ejercicio por liquidación” del ejercicio fiscal 2023 o anteriores.
Asimismo, se informa que, a partir del 1 de enero de 2024, se pueden presentar todas las declaraciones que conforman el proceso de liquidación de una empresa o sociedad, las cuales se realizan en el siguiente orden:
1. Declaración “Del ejercicio por terminación anticipada”, que se presenta cuando las personas morales entran en periodo de liquidación y terminan anticipadamente su ejercicio fiscal.
2. Declaración “Del ejercicio por liquidación”, se presenta al término de cada año calendario, a más tardar el 17 de enero del año siguiente.
3. Declaración “Última del ejercicio por liquidación”, se presenta dentro del mes siguiente a la fecha de culminación de las actividades del contribuyente.
Dichas declaraciones se presentan través del Portal del SAT en el apartado “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores”, mediante la siguiente ruta:
• Ingresar a sat.gob.mx
• Seleccionar “Empresas” (parte superior izquierda).
• Posicionar el cursor en “Declaraciones".
• Seleccionar "Ver más".
• Seleccionar “Anuales”.
• Elegir "Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores".
• En la parte inferior dar clic en “Iniciar”.
• Autenticarse con RFC y Contraseña o e.firma.
• Elegir el “Ejercicio”.
• Seleccionar el “Periodo” dependiendo la declaración que se va a presentar (Del ejercicio por terminación anticipada, Del ejercicio por liquidación o Última del ejercicio por liquidación).
• Seleccionar el “Tipo de Declaración”.
• Seleccionar la obligación “ISR personas morales”.
En caso de dudas, en el apartado “Contenidos relacionados”, colocado en el costado derecho, se puede descargar la guía de llenado de la declaración.
Las personas morales que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y que se encuentren en periodo de liquidación a partir del ejercicio 2022 y posteriores, pueden presentar las declaraciones “Del ejercicio por liquidación” y “Última del ejercicio de liquidación”, a través de la herramienta “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen Simplificado de Confianza”, al seguir estos pasos:
• Ingresar a sat.gob.mx
• Seleccionar “Empresas” (parte superior izquierda).
• Posicionar el cursor en “Declaraciones".
• Seleccionar "Ver más".
• Seleccionar “Régimen Simplificado de Confianza”.
• Dar clic en “Iniciar”.
• Autenticarse con RFC y Contraseña o e.firma.
• Elegir el “Ejercicio”.
• Seleccionar el “Periodo” según la declaración que se va a presentar.
• Seleccionar el “Tipo de Declaración”
• Seleccionar la obligación “ISR Simplificado de confianza. Personas morales”.
De igual forma, en el apartado “Contenidos relacionados” se pueden consultar las guías de llenado de la declaración anual para estos casos.
El SAT invita a todos los contribuyentes que hayan iniciado su periodo de liquidación, a que cumplan con sus obligaciones fiscales conforme a lo previsto en el artículo 12 primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para ello deben tener su RFC y e.firma, así como la información de los montos de ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros, y contar con un servicio de banca electrónica para poder hacer transferencias electrónicas.
15 de enero de 2024
SAT alcanza en 2023 la mayor recaudación del sexenio
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que la recaudación tributaria acumulada al cierre de 2023 alcanzó 4 billones 517 mil 730 millones de pesos, lo que representa 705 mil millones de pesos más que el mismo periodo de 2022, un crecimiento real de 12.3 por ciento.
Asimismo, a lo largo del actual sexenio se ha observado un crecimiento sostenido de los ingresos tributarios pasando de 3 billones a 4.5 billones de pesos, lo que significa un incremento de 48% en términos nominales, sin la necesidad de crear nuevos impuestos o aumentar los ya existentes.
Esta cifra histórica se ha alcanzado gracias a las estrategias del Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación, que han permitido piso parejo en el cobro de impuestos, así como al compromiso y el trabajo honesto de las personas servidoras públicas del SAT.
Con este aumento se ha logrado un mayor gasto en infraestructura y en programas sociales en beneficio de todas y todos los mexicanos.
Lo anterior solo es posible gracias al compromiso de los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales, lo que permite contar con finanzas públicas sanas en el país.
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Boletín por:
Equipo de Comercio Exterior y Aduanas
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